El Congreso de Hidalgo aprobó la propuesta para que la autoridad jurisdiccional pueda requerir a los perpetradores de violencia que continúen cumpliendo las obligaciones contractuales con el inmueble que habitaban con la víctima.
En reformas a la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia los diputados ampliaron los supuestos de protección para que cuando se trate del supuesto de desocupación de la persona agresora del domicilio conyugal también se contemplen otras modalidades.
Con ello se contemplan los casos en que el agresor no necesariamente cohabita formalmente con la víctima en una vivienda común, ya sea que este tenga otros domicilios.
Según el dictamen, las órdenes de protección en la materia tienen un carácter temporal y preventivo, que pretende evitar la revictimización, pero que de ninguna manera debe incidir sobre las obligaciones de fondo asumidas por las personas que han sostenido una relación de manera formal o informal.
También añade un apartado para impulsar acciones para promover la reeducación y reinserción social de las presuntas personas generadoras de violencia.
La Comisión de Legislación y Puntos Constitucionales consensó sobre la factibilidad de las propuestas normativas, toda vez que la misma se ajusta a los parámetros convencionales y legales en la materia. La iniciativa fue presentada por Lisset Marcelino Tovar, Vanessa Escalante Arroyo, y Jorge Hernández Araus.