Expiden Ley de Revocación de Mandato en Hidalgo

Con 60 artículos, diputados locales aprobaron la expedición de la Ley de Revocación de Mandato de Hidalgo, con la cual, a la mitad del periodo de gobiernos, los ciudadanos podrán determinar si el titular del Poder Ejecutivo es removido del cargo. Con ello, el estado se convirtió en la segunda entidad en contar con esta norma.

De acuerdo con la ley, la petición procederá si reúne al menos al 10 por ciento de las inscritas en la lista nominal de electores en la entidad.

El apoyo recabado deberá proceder de por lo menos la mitad más uno de los municipios (43)  y que representen el 3 por ciento de la lista nominal de electores de cada uno de ellos.

La solicitud ciudadana de revocación de mandato únicamente se podrá realizar en una ocasión, ante el Instituto Estatal Electoral de Hidalgo (IEEH), durante los tres meses posteriores al tercer año de gobierno; es decir, entre el 6 septiembre y el 5 de diciembre de esa anualidad.

Por ello, se le otorgan atribuciones al IEEH para llevar a cabo la organización, desarrollo y cómputo de la votación en el ejercicio de revocación de mandato. De cumplirse los requisitos, deberá fijará fecha para la jornada de votación, misma que se celebrará el domingo siguiente a los 90 días posteriores a la emisión de la convocatoria.

El Instituto garantizará la integración de las mesas directivas de casilla para la jornada de revocación de mandato, compuestas por personas ciudadanas hidalguenses a razón de una persona que funja como presidenta o presidente, una como secretaria o secretario, una como escrutadora o escrutador y otra como suplente general, en los términos que establezca el Código Electoral”, señala. 

El día de la jornada, los participante deberán responder la pregunta en la boleta: “¿Estás de acuerdo en que la gobernadora o gobernador (nombre) continúe en sus funciones?”, en cuyo caso se considerarán dos opciones de respuesta: Sí o No. 

Para que el resultado sea vinculante, se requiere por la participación del 40 ciento de las personas inscritas en la lista nominal de electores, y que el No represente la mayoría absoluta. 

Si los resultados de la jornada de votación indican que procede la revocación de mandato, el Titular del Poder Ejecutivo del estado se entenderá separada definitivamente del cargo, cuando el Instituto emita la declaratoria de revocación. Posteriormente, el Congreso elegiría a quien termine lo que resta del periodo de gobierno.

La norma podrá se aplicada a partir de este sexenio (2022-2028) a cargo del morenista Julio Menchaca Salazar.

DatoAcro

-La ley contempla la posibilidad de que  los hidalguenses que se encuentren en el extranjero, así como las personas estén en prisión preventiva, puedan participar en este mecanismo.

-Las autoridades estatales, de los municipios, los partidos políticos, sindicatos o cualquier otro tipo de organización del sector público, social o privado, deberán abstenerse de impedir u obstruir las actividades de recopilación de las firmas de apoyo de las ciudadanas y los ciudadanos.

– Los diputados también avalaron reformas al Código Electoral en materia de revocación de mandato.

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