El presidente de la Junta de Gobierno del Congreso de Hidalgo, Jesús Osiris Leines Medécigo, esperará a la conclusión del proceso electoral para abordar la reposición de las consultas electorales indígena y de personas con discapacidad que anuló la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), con el fin de que en estos momentos no se politice el tema y tenga efectos adversos a los deseados.
A las cuatro meses de la invalidación, el pasado 4 de abril cuando, por medio del Periódico Oficial del Estado de Hidalgo (POEH), se publicó la resolutivo de la SCJN respecto a los criterios por lo cual optaron para considerar sin efectos los decretos 573 y 576, respectivos a reformas al Código Electoral de la entidad sobre pueblos originarios y las personas con discapacidad.
Al respecto, el titular del Poder Legislativo refirió que debido al escenario electoral que se vive en la entidad se reiniciarán las acciones concernientes al tema una vez concluya la jornada electoral, posterior al 2 de junio de este año.
Lo anterior, debido a que buscan que no se politice y tenga otros efectos que no sean los propios al proceso para reestablecer las consultas que se hicieron de forma indebida.
Sobre el análisis para que la empresa SEAP Consultores SC, a quien se le encomendó bajo contrato para efectuar ambas consultas, se responsabilice y
rehaga los procesos sin costo adicional a los 12 millones 214 mil 800 de pesos que cobró, Leines Medécigo refirió que el asunto y opinión técnica están por abordarse con el Órgano Interno de Control del Congreso estatal.
“Está la información en la contraloría de aquí (del Congreso) para que se pueda ver cómo puede apoyarse derivado de eso que se realizó en su momento con estas empresas, pero nos estarán dando una opinión técnica sobre este tema”, se limitó a mencionar.
La empresa, previo a la invalidez de las reformas, recibió 9 millones 720 mil 800 y 2 millones 494 mil pesos por las licitaciones CELSH-CAASSP-LP-003/2022 y CELSH-CAASSP-LP-004/2022, respectivamente, para la consulta a personas de las comunidades indígenas y a las personas con discapacidad.
Apenas el 13 de diciembre de 2023, el propio Leines Medécigo ,en su calidad de presidente de la Junta de Gobierno, mencionó que la empresa tendría que dar respuesta para reponer ambos procesos de consultas.
PUBLICACIÓN DE SENTENCIA QUE TIRÓ CONSULTAS
De acuerdo con la sentencia de la SCJN, “son infundados los argumentos expuestos por las autoridades informantes respecto de la validez del Decreto impugnado”, en referencia a las acciones de inconstitucionalidad 192/2023,193/2023, 194/2023, 195/2023 y 196/2023, que promovieron los partidos Acción Nacional (PAN), Revolucionario Institucional (PRI), Verde (PVEM), Movimiento Ciudadano (MC) y la Comisión Nacional de Derechos Humanos contra las reformas del Congreso de Hidalgo.
Y abunda: “Lo anterior, pues tal y como se aprecia en el escrito inicial de demanda, CNDH no desconoció que, efectivamente, se ejecutaron diversos actos tendentes a someter a consulta de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas de esa entidad federativa el Decreto 576 impugnado; sin embargo, el solo hecho de haber realizado esas actividades no quiere decir que se haya garantizado el adecuado ejercicio del derecho a la consulta reconocido a favor de esos grupos sociales, pues existen diversas irregularidades que pudieron restar eficacia al ejercicio participativo llevado a cabo por el Congreso local”.
Además, considera que a pesar de que en dichos instrumentos se alude a que se convocó y consultó tanto a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, de las constancias se observa que no existe evidencia que demuestre que efectivamente se tomo en cuenta a personas pertenecientes a comunidades afromexicanas.
“Aunado a ello, se reitera que, el método empleado por el Congreso local para llevar a cabo la consulta a los grupos sociales ya referidos no resulta el más idóneo, ya que no se les informó adecuadamente la forma específica en la que participarían en el proceso de consulta, al momento de pronunciarse sobre los temas puestos a su conocimiento”, menciona la SCJN.
De tal modo, tras invalidar los decretos, se ordena que la reposición se haga posterior al proceso electoral 2023-2024 en la entidad, para protegen los derechos de los pueblos y comunidades indígenas y de las comunidades de personas con discapacidad.
En tanto, se vincula al Poder Legislativo de Hidalgo para que, a partir de la notificación que se le haga de los puntos resolutivos de esta resolución, realice conforme a los parámetros fijados en la sentencia la consulta, a partir de la fase deliberativa, “bajo el presupuesto ineludible de que efectivamente se realice la consulta en los términos fijados por esta Suprema Corte de Justicia de la Nación”.
Reportero