El Congreso de Hidalgo aprobaron la reforma constitucional que prohíbe a personas violentadoras familiares, sexuales o políticas contra mujeres, así como deudores alimentarios morosos, ser postulados a un cargo de elección popular.
El dictamen avalado por 21 votos adicionan un tercer párrafo, recorriendo en su orden subsecuentes, a la fracción I del artículo 24 de la Constitución Política de Hidalgo.
Al leer el dictamen, la diputada Lisset Marcelino Tovar expuso que muchos de los sujetos activos de violencia familiar actualmente son o pueden ser servidores públicos. Otros están en proceso de buscar un cargo de elección popular, lo que se contrapone con los nuevos paradigmas que se buscan implementar dentro de una sociedad democrática que aspira a tener servidores públicos ejemplares.
Con la reforma, no podrán ser postuladas a cargo de elección popular las personas que estén cumpliendo sentencia ejecutoriada por algún delito contra el normal desarrollo psicosexual, violencia familiar o violencia política contra las mujeres.
Tampoco quienes sean deudores alimentarios morosos, salvo que acrediten estar al corriente del pago, cancelen esa deuda o tramiten el descuento correspondiente.
El Instituto Estatal Electoral verificará el cumplimiento de esta disposición, dice la modificación constitucional.
Editor general, reportero