La liberación de Ernesto Tinajero, el Concho, presunto líder huachicolero de Cuautepec, por parte de un juez de control de Hidalgo, quien le concedió una salida alterna a un proceso penal que enfrentaba por narcomenudeo, no puede ser considerado como un acto de corrupción, consideró Rebeca Stella Aladro Echeverría, presidenta del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJEH).
Indicó que la determinación del juez Jesús Anim Opel Islas, quien concedió la suspensión provisional del proceso en contra del Concho, bajo la condición de tener un trabajo fijo, residir en un lugar determinado y la firma periódica mensual, dependió de “las pruebas” que presentó el Ministerio Público (MP) y la defensa del acusado.
Asimismo, dijo, que al no conocer a detalle el asunto, no podía emitir un juicio u opinión sobre la resolución de Anim Opel y dijo ser respetuosa del gobierno federal que acusó al juez de “favorecer a delincuentes”.
TAMBIÉN PUEDES LEER: https://revistaacropolis.com/index.php/exhiben-en-mananero-a-juez-de-hidalgo-por-dar-libertad-condicional-al-concho-lider-huachicolero/politica/
Aquí no lo podemos ver como un acto de corrupción o un acto de apoyo a algún imputado. Esta es una situación jurídica única y exclusivamente que refiere de acuerdo a las condiciones en las que venga una carpeta, pero sobre todo también si el asunto es federal, tiene que ver si es local o federal y darle el trámite jurídico correspondiente únicamente”, refirió Aladro Echeverría en entrevista con medios de comunicación.
El 27 de junio pasado, Luis Rodríguez Bucio, subsecretario de Seguridad Pública de la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana (SSPC), exhibió al juez de control Jesús Anim como uno de “los que favorece a delincuentes”, por la liberación del Concho.
En la conferencia de prensa matutina del presidente Andrés Manuel López Obrador, el funcionario federal señaló que el 2 de junio pasado la autoridad judicial local le concedió el beneficio de la suspensión provisional al presunto líder huachicolero, tras ser detenido el 21 de enero por delitos contra la salud.
Asimismo, expuso que el 19 de noviembre de 2021 se localizó una toma clandestina en el predio de Tinajero, en la exhacienda de San Juan Hueyapan, pero no permitió que se inhabilitara. Por ello, Pemex lo denunció por encubrir la toma, pero la jueza federal Gabriela Capetillo Piña no consideró valida la forma de detención a través de binomio canino.
Posteriormente, el 10 de enero de este año, fue citado a comparecer por el delito de sustracción ilícita de hidrocarburo, se acogió a la duplicidad del término constitucional y le dictaron la medida cautelar de prisión preventiva. No obstante, tres días después la jueza federal Verónica Gutiérrez Fuentes dictó auto de no vinculación a proceso, pues consideró que no se acreditaban los elementos de tipo penal, pese a que el imputado aceptó tener conocimiento de las tomas para la extracción de hidrocarburo en su predio y el robo que se llevaba a cabo en su predio.
Editor general, reportero